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Información


  • Hostal la Estación: Recepción 24h , desde las 20:00 a 08:00 se realizara por personal localizado.

Reglas



  • REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO HOSTAL LA ESTACIÓN  Preámbulo El Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo,1 de Andalucía, por el que, entre otras, se establecen las me- didas relativas a establecimientos hoteleros, incluye en su Capítulo I la ordenación de los mismos, así como la regulación de sus condiciones técnicas y de prestación de servicios. Al respecto, el artículo 25 de dicho Decreto-ley dispone lo siguiente: 1. Los establecimientos hoteleros deberán disponer de un reglamento de régimen interior en el que se fijarán normas de obligado cumplimiento para las personas usuarias durante su es- tancia, sin que pueda contravenir lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 23 de diciembre,2 ni en el presente Capítulo. 2. El reglamento de régimen interior estará siempre a disposición de las personas usuarias y será expuesto, al menos, en castellano e inglés, en lugar visible y de fácil acceso del estableci- miento. Se deberá publicitar este reglamento en la página web propia del establecimiento, en caso de existir esta. 3. Las empresas explotadoras de los establecimientos hoteleros podrán recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desalojar de los mismos a quienes incumplan el reglamen- to de régimen interior, incumplan las reglas usuales de convivencia social o pretendan acceder o permanecer en los mismos con una finalidad diferente al normal uso del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.4 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre. 4. El reglamento de régimen interior especificará, como mínimo: a) Las condiciones de admisión. b) Las normas de convivencia y funcionamiento. c) Información sobre la organización administrativa y persona responsable a la que, en su caso, habrán de dirigirse en aquellas cuestiones relativas al funcionamiento del establecimiento. d) Relación de servicios complementarios que se presten por empresas distintas a la entidad explotadora e identificación de las empresas responsables de su prestación. e) Información a las personas usuarias sobre las instalaciones o servicios que supongan algún riesgo y de las medidas de seguridad adoptadas al respecto. f) Admisión de animales y condiciones para dicha admisión. g) En general, todas las circunstancias que permitan y favorezcan el normal desenvolvimiento del disfrute de las instalaciones, equipamientos y servicios. En cumplimiento y desarrollo del referido Decreto-ley, este Establecimiento hotelero ha ela- borado el presente Reglamento de Régimen Interior en el que se fijan las normas de obligado cumplimiento para las personas usuarias durante su estancia; personas que en lo sucesivo denominaremos Clientes. Este Reglamento queda a disposición de usted, como Cliente, en todo momento tanto en su ver- sión en idioma castellano como en su versión en idioma inglés; pudiendo ser consultando en el tablón de anuncios situado en la zona de recepción, así como en nuestra página web. 1. Publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Extraordinario núm. 27, del 18 de mayo de 2020. 2. Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. CAPITULO I Condiciones de admisión Artículo 1. Condiciones de admisión 1.1.- Este Hostal tiene la consideración, a todos los efectos, de establecimiento de uso público, si bien se podrá denegar la admisión o permanencia: a) Por falta de capacidad de alojamiento o de las instalaciones. b) Por incumplir los requisitos de admisión. c) Por adoptar conductas que puedan producir peligro o molestias a otras personas, sean usua- rias o no, o que dificulten el normal desarrollo de la actividad. 1.2.- Nuestro Establecimiento recabará el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para des- alojar a quienes incumplan el presente Reglamento de Régimen Interior; incumplan las reglas usuales de convivencia social; o pretendan acceder o permanecer en el Hostal con una finalidad diferente al normal uso del servicio. Artículo 2. Requisitos de admisión 2.1.- Será requisito previo para hacer uso de la habitación hotelera cumplimentar adecuadamente el documento de admisión a su llegada al Hostal; siendo así que en ese momento será informado/a sobre sus derechos y obligaciones como Cliente, así como sobre la existencia del presente Regla- mento de Régimen Interior. 2.2.- Al cumplimentar el documento de admisión, usted deberá presentar documento oficial que le identifique y que servirá asimismo para que el Hostal pueda cumplimentar el correspondien- te parte de entrada conforme a la normativa vigente sobre libros-registro y partes de entrada de personas viajeras. 2.3.- Una vez cumplimentado el documento de admisión, se le entregará su ejemplar, en el que constará, al menos, el nombre, clasificación y código de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía del Establecimiento, la identificación de la habitación, el número de personas que la van a ocupar, las fechas de entrada y salida, cuando el contrato de alojamiento se haya suscrito entre usted y el Hostal directamente, el precio total de la estancia contratada entregándosele, en este supuesto, el documento original correspondiente a modo de contrato. Artículo 3. Derechos Son derechos de usted como Cliente de este establecimiento: a) Recibir información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca, y previa a la contratación del periodo de alojamiento, así como sobre el precio final completo, incluido los impuestos, con desglose, en su caso, del importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación a cualquier eventual oferta. b) Obtener los documentos que acrediten los términos de la contratación. c) Acceder a nuestro Establecimiento en los términos contratados. d) Recibir los servicios en las condiciones pactadas. e) Tener debidamente garantizada en nuestro Hostal su seguridad y la de sus bienes, así como su intimidad; y ser informado/a de cualquier inconveniente coyuntural que pudiese alterar su descanso y tranquilidad. f) Recibir información de las instalaciones o servicios que supongan algún riesgo y de las medi- das de seguridad adoptadas. g) Recibir factura o tique del precio abonado por los servicios prestados. h) Formular quejas y reclamaciones y obtener información sobre el procedimiento de presenta- ción de las mismas y su tratamiento. Artículo 4. Obligaciones Son obligaciones de usted como Cliente de este establecimiento: a) Observar las reglas de convivencia e higiene. b) Respetar las presentes normas de régimen interior. c) Respetar la fecha pactada de salida del Establecimiento dejando libre la habitación. d) Pagar los servicios contratados en el momento de la presentación de la factura o en el plazo pactado, sin que el hecho de presentar una reclamación implique la exención de pago. e) Respetar este Establecimiento, sus instalaciones y sus equipamientos. f) Respetar el entorno medioambiental. g) Respetar las zonas e instalaciones restringidas por razón a la edad, o de tarifas contratadas. CAPITULO I I Normas de funcionamiento y de convivencia Artículo 5. Reserva 5.1.- Toda reserva incluirá la fecha de la estancia, cantidad y tipo de habitación , política de cancelaciones y servicios complementarios adicionalmente contratados; constando asimismo el precio total y desglosado para cada uno de dichos conceptos, salvo que se le haya ofertado como paquete a precio global convenido. 5.2.- Previamente a realizar su reserva y por el mismo medio utilizado para efectuarla, u otro que usted elija, será informado/a de sus derechos y obligaciones, entre otros, de la política de cancela- ción de dicha reserva, que se ajustarán a las condiciones siguientes: a) Si la reserva se cancela con menos de dos días de antelación, se le exigirá el pago de una no- che de estancia por cada diez o fracción. b) Si usted abandona la habitación reservada antes de la fecha hasta la que la tenía reservada, se le facturará por los servicios prestados hasta ese momento más una penalización de una noche por cada diez o fracción de las estancias no realizadas. c) Cuando se trate de tarifas no reembolsables se aplicarán las condiciones que previamente hayan sido pactadas. d) Si la cancelación de la reserva está motivada por circunstancias de fuerza mayor, incluida una situación de crisis o emergencia sanitaria que afecte a su lugar de residencia o al lugar donde radica este Establecimiento, no será de aplicación lo dispuesto en los párrafos a) y b), sino que recibirá un bono, con caducidad de un año, para alojarse en otro momento y en las mismas condiciones, si bien sujeto a disponibilidad. 5.3.- La confirmación por nuestra parte de su reserva tendrá consideración de contrato de aloja- miento turístico; quedando constancia física o electrónica a disposición de usted. 5.4.- Cuando haya obtenido confirmación de su reserva, pondremos a su disposición la clase de habitación reservada en la fecha convenida. 5.5.a.- Si le confirmamos su reserva sin exigirle ningún anticipo en concepto de señal, se le man- tenerla hasta la hora concertada, y en caso de no haberse concertado, la reserva se le mantendrá hasta las 20 horas del día señalado. 5.5.b.- Si hubiera abonado el anticipo en concepto de señal, su reserva se le mantendrá sin lí- mite horario por el número de días que cubra el importe de la señal, salvo que se haya pactado otra cosa. Artículo 6. Precio 6.1.- Usted, como Cliente, deberá pagar los servicios contratados en el momento de la presenta- ción de la factura o en el plazo pactado, sin que el hecho de presentar una reclamación implique la exención de pago. En el caso de estancias superiores a una semana, los servicios se podrán factu- rar semanalmente. 6.2.- El pago del precio lo podrá efectuar mediante transferencia bancaria previa; tarjeta bancaria 3; o en efectivo hasta el límite cuantitativo vigente en cada momento según ley. 6.3.- En caso de exigirse el pago de los servicios con anterioridad a la prestación de los mismos, lo haremos constar expresamente en nuestra publicidad. 6.4.- En caso de solicitarle los datos de su tarjeta bancaria; en la publicidad se hará constar si la misma se utiliza en concepto de garantía de cumplimiento del contrato o en concepto de pago anticipado. 6.5.- Nos reservamos el derecho a exigir que, al efectuar una reserva, realice un adelanto del precio en concepto de señal, que se entenderá como pago a cuenta del importe resultante de los servicios prestados. Artículo 7. Periodo de ocupación 7.1.- Como cliente, tendrá derecho a la ocupación de la habitación desde las 12:00 horas del primer día del período contratado hasta las 12:00 horas del día señalado como fecha de salida. En fechas de máxima ocupación del establecimiento, se podrá retrasar la entrega de su habitación por un período de tiempo no superior a dos horas. En todo caso, podrá acceder a las instalaciones comunes de nuestro Establecimiento desde las 13:00 horas del día de su llegada. 7.2.- Salvo pacto en contrario, la prolongación en la ocupación de su habitación por tiempo supe- rior a lo contratado generará la obligación de abonar el importe establecido “late check-out”. 7.3.- Podrá permanecer alojado/a más jornadas que las especificadas en el documento de admi- sión, siempre que exista acuerdo previo en razón a la disponibilidad. En caso de acuerdo, se en- tenderá como prórroga de la primera contratación y se hará constar en el mismo documento de admisión. 7.4.- No se permitirá la ocupación y estancia de dos personas en una habitación doble que se hu- biera contratada como individual. En ese caso, se abonará la tarifa fijada para el uso doble. Artículo 8.- Prohibiciones 8.1.- No se permitirá la ocupación y estancia de mas de dos personas en una habitación doble que se hubiera contratada como doble. En ese caso, se abonará la tarifa fijada para el uso doble. 8.2.- Se prohíbe fumar en todo el Establecimiento, a excepción de las zonas habilitadas para ello. 3. Este establecimiento hotelero acepta únicamente las tarjetas bancarias siguientes: VISA y MASTERCARD 8.3.- Se prohíbe colgar toallas o cualquier otra prenda en las barandillas del patio. 8.4.- Se prohíbe jugar con pelotas y similares . 8.5.- Este Establecimiento no admite animales, a excepción de las personas acompañadas de pe- rros guía por razón de disfunciones visuales. Artículo 9. Limitaciones 9.1.- Se limitará el acceso a la instalación del Hostal: a) Cuando el aforo establecido se haya completado y entretanto no haya disponibilidad de acce- so en atención a dicho aforo. b) Cuando se muestre o manifieste actitudes violentas, en especial, cuando se comporte de for- ma agresiva o provoque altercados. c) Cuando origine situaciones de peligro o molestias a otras personas usuarias, o no reúna las condiciones de higiene. 9.2.- Este Establecimiento podrá recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para des- alojar a quienes incumplan cualquiera de las limitaciones relacionadas en el apartado anterior. 9.3.- El Cliente que se halle en cualquiera de las situaciones previstas en el apartado 9.1 de este artículo queda obligado al abono de los gastos que haya generado hasta el momento de la prohibi- ción de acceso o de permanencia en la zona o instalación del Hostal. Artículo 10. Normas básicas sobre limpieza 10.1.- Se han de hacer uso de las papeleras Artículo 11. Consejos y sugerencias 1. Vigile y controle su equipaje. No lo deje desatendido. 2. Vigile y controle sus pertenencias tanto en la terraza, no las deje desatendidas. 3. Mantenga la puerta cerrada cuando esté en su habitación. Cierre la puerta de su habitación al sa- lir de ella, y trate de abrirla de nuevo para asegurarse de que está correctamente cerrada, aun cuan- do su ausencia sólo sea por un corto espacio de tiempo. 4. Cierre su equipaje cuando no lo utilice y colóquelo en su armario. Si el equipaje tiene cerradura, úsela siempre. 5. Nunca exhiba joyas, dinero u objetos de valor en su habitación. 6. Notifique inmediatamente a la Dirección del Hostal cualquier hecho anormal que aprecie como: personas en actitud sospechosa por el pasillo, repetidas llamadas telefónicas de personas que no se identifican, llamadas a la puerta de su habitación de personas desconocidas para usted, o no en- contrar a nadie en la puerta cuando usted acude a abrirla. 7. Si olvida su código, sólo el personal de Recepción está autorizado a facilitarle uno nuevo para abrir su habitación. 8. En caso de que se fume en la terraza del Hostal, nuestras medidas de seguridad exigen que usted apague su cigarrillo antes de retirarse a descansar. 9. Cuando establezca relaciones sociales con personas desconocidas, no revele el nombre del Esta- blecimiento ni el número de su habitación. 10. Nunca permita la entrada de personas en su habitación con entregas que no han sido solicitadas. 11. Nunca discuta planes específicos de futuras excursiones, salidas, etc., en público o con extraños. 12. En caso de desear que le arreglen la habitación, “Por favor, comunícalo. 13. Si descubre algún tipo de deterioro o anomalía, póngase en contacto con Recepción. 14. La instalación eléctrica de su habitación es de 220 Voltios. 15. Respete las zonas en las que se encuentran las habitaciones durante las horas nocturnas y de siesta, y en general, evite hacer ruido innecesariamente. 16. Rogamos utilice las instalaciones adecuadamente, respetando el mobiliario y las zonas comu- nes del Hostal. 17. Rogamos respete los horarios de todas las instalaciones del Hostal. 18. Agradecemos su participación en caso de que, durante su estancia en el Establecimiento, se practique cualquier simulacro de siniestro y evacuación. 20. Algún horario puede cambiar en función de la época del año. CAPITULO III Información sobre la organización administrativa del hostal Artículo 12.- Dudas y cuestiones diversas. En todo supuesto en que le surjan dudas o cuestiones relativas al funcionamiento de nuestro Hostal podrá dirigirse al personal de Recepción o al del Servicio de Atención al Cliente, donde se le resolverán o, en su defecto, se contactará con el personal habilitado para resolver su cuestión o duda; siendo el director/a del Hostal el máximo responsable del mismo. CAPITULO VII Emergencias o crisis sanitarias Artículo 18. Protocolos de actuación en supuestos de emergencias o crisis sanitarias 18.1.- En caso de que las Autoridades declaren una situación de emergencia o de crisis sanitaria que afecte al normal desenvolvimiento de nuestro Hostal, se anunciará en nuestra página web para que, como Cliente, conozca las medidas que se adopten y las cumpla. 18.2.- El Cliente que en una situación de emergencia o de crisis sanitaria declarada por las Autori- dades incumpla las medidas, obligatorias o recomendadas, que se hayan adoptado en este Estable- cimiento podrá motivar la rescisión inmediata de su contrato de alojamiento; quedando cancelada su estancia sin derecho a devolución alguna, y con aviso a la Autoridad competente